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Declara De Urgencia Nacional La Conservación, Protección Y Restauración Del Area Núcleo De La Reserva De La Biosfera Maya, Así Como El Area De Usos Múltiples Y La Zona De Amortiguamiento, Definidas En El Dcx 5-90 Art. 2, Que Declara Area Protegida La Reserva Maya Del Departamento De El Petén. El Consejo Nacional De Areas Protegidas -Conap- Es El Responsable De La Preservación Del Ambiente Natural Y La Conservación De La Diversidad Biológica Del Area Núcleo De La Misma, Debiendo Crear Para El Efecto Todos Los Mecanismos Necesarios Para La Conservación De Las Areas Núcleo Y Restauración De Aquellas Áreas Núcleo Que Por Cualquier Causa Estén Siendo Degradadas, Sin Descuidar El Area De Usos Múltiples Y La Zona De Amortiguamiento Sin Que Se Afecten Las Actividades De Desarrollo, Manejo Y Explotación De Los Recursos Renovables Y No Renovables Que Cuenten Con El Estudio De Impacto Ambiental, Estableciendo En El Dcx 68-86 Ley De Protección Y Mejoramiento Del Medio Ambiente, Y En El Dcx 4-89 Ley De Areas Protegidas. El Estado Proveerá Los Recursos Financieros Necesarios, Los Cuales Serán Utilizados Preferentemente En El Area Núcleo De La Reserva De La Biosfera Maya.
Decreto No 87-1996
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