Log In
Sign Up
Find a Lawyer
Ask a Lawyer
Research the Law
Law Schools
Laws & Regs
Newsletters
Marketing Solutions
Justia Connect
Pro Membership
Basic Membership
Justia Lawyer Directory
Platinum Placements
Gold Placements
Justia Elevate
SEO
Websites
Blogs
Justia Amplify
PPC Management
Google Business Profile
Social Media
Justia Onward Blog
Justia
Guatemala
Nacionales
Leyes
Modifica Dcx 139-96 Ley De Especies Monetarias: Art. 6 Diseños De Las Monedas De Un Quetzal, Cincuenta Centavos, Diez Centavos Y Un Centavo. En El Anverso De Todas Ellas Llevará Grabado El Escudo Nacional. En La Parte Superior Y En Torno A Éste Se Imprimirá La Inscripción "república De Guatemala, C.a."; Y En El Inferior, En Forma Circular, Se Grabará El Año De Acuñación. El Reverso De Las Monedas Será Así: A) La De Un Quetzal Ostentará La Inscripción "paz" Como Parte De Una Paloma Estilizada, Con Las Leyendas "paz Firme Y Duradera" En La Parte Superior; Y 29 De Diciembre De 1996" B) La De 50 Centavos Ostentará La Flor Nacional (Monja Blanca, Lycaste Skinnery Alba) C) La De 25 Centavos Ostentará La Cabeza De Una Mujer Indígena D) La De 10 Centavos Ostentará La Figura De Un Monolito De Quiriguá E) La De 5 Centavos Ostentará El Arbol De La Libertad F) La Moneda De Un Centavo Llevará La Efigie De Fray Bartolomé De Las Casas.
Decreto No 92-1998
Descarga el documento