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Modificaciones
Modifica Dcx 3-97 Autorización Del Ejecutivo Para La Venta De Fracciones De Terrenos A Personas De Escasos Recursos: Arts. - 1 Autoriza La Venta De Los Terrenos Urbanos O Rurales, Propiedad Del Estado De La Nación, De Las Municipalidades Y De Las Entidades Autónomas Y Descentralizadas, Que Estén Ocupados Por Familias En Situación De Pobreza O Extrema Pobreza. - 2 El Ministerio De Comunicaciones, Transporte, Obras Públicas Y Vivienda Es La Autoridad Responsable Del Efectivo Cumplimiento De Esta Ley. - 3 Gestiones Para La Compra De Terrenos. - 4 Los Terrenos Urbanos Y Rurales Pueden Ser Vendidos A Las Familias Ocupantes, Siempre Que Tengan Vocación De Vivienda. - 5 Venta De Las Fincas Rústicas Y Urbanas Que Se Encuentren Registradas En Los Registros De La Propiedad A Nombre Del Estado. - 7 Los Expedientes Que Se Presenten Ante La Dirección De Bienes Del Estado Y Licitaciones. - 9 El Procedimiento Establecido Para Vender Lotes O Terrenos, De Acuerdo A Esta Ley. - 10 El Organismo Ejecutivo, Por Conducto Del Ministerio De Comunicaciones, Transporte, Obras Públicas Y Vivienda, Debe Emitir El Reglamento De Esta Ley, En Un Plazo De 2 Meses A Partir De Su Vigencia.
Decreto No 81-1997
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