Constitución De La República De Guatemala
TITULO IV - Poder Público
-
CAPITULO I - Ejercicio del Poder Público
- Artículo 153 - Imperio de la ley
- Artículo 154 - Función pública; sujeción a la ley
- Artículo 155 - Responsabilidad por infracción a la ley
- Artículo 156 - No obligatoriedad de órdenes ilegales
-
CAPITULO II - Organismo Legislativo
-
SECCION PRIMERA - Congreso
- Artículo 158 - Sesiones del Congreso
- Artículo 159 - Mayoría para resoluciones
- Artículo 160 - Autorización a diputados para desempeñar otro cargo
- Artículo 161 - Prerrogativas de los diputados
- Artículo 162 - Requisitos para el cargo de diputado
- Artículo 163 - Junta Directiva y Comisión Permanente
-
SECCION SEGUNDA - Atribuciones del Congreso
- Artículo 167 - Efectos de la interpelación
- Artículo 169
- Artículo 170 - Atribuciones específicas
- Artículo 171 - Otras atribuciones del Congreso
- Artículo 173 - Procedimiento Consultivo
-
SECCION TERCERA - Formación y Sanción de la Ley
- Artículo 177 - Aprobación, sanción y promulgación
- Artículo 179 - Primacía legislativa
-
SECCION PRIMERA - Congreso
-
CAPITULO III - Organismo Ejecutivo
- SECCION PRIMERA - Presidente de la República
- SECCION SEGUNDA - Vicepresidente de la República
- SECCION TERCERA - Ministros de Estado
-
CAPITULO IV - Organismo Judicial
-
SECCION PRIMERA - Disposiciones Generales
- Artículo 208 - Período de funciones de magistrados y jueces
- Artículo 213 - Presupuesto del Organismo Judicial
- SECCION SEGUNDA - Corte Suprema de Justicia
-
SECCION TERCERA - Corte de Apelaciones y otros tribunales
- Artículo 218 - Integración de la Corte de Apelaciones
-
SECCION PRIMERA - Disposiciones Generales